Este Blog es especial, es en homenaje y honrando la memoria de mi amado hijo Adrián, mi amor puro y verdadero, mi Ángel de Amor y Luz❤ ❤ ❤ Mi hijo nació el 10 de Mayo de 1985❤ ❤ ❤ Hizo su transición el 3-12-2016.❤ ❤ ❤ Hijo mío amado, tú has sido el sentido de mi vida, por eso te voy a tener presente todos los días del resto de mi vida. ❤❤ ❤ Honrando la memoria de mi hijo: recordando su vida y su luz.❤ Perder a un hijo es una de las experiencias más dolorosas que una madre pueden enfrentar. Es un dolor desgarrador, que deja un vacío en el corazón que nunca se podrá llenar. Sin embargo, a pesar de esta gran pérdida, siempre habrá una forma de honrar su memoria y mantener vivo su legado.❤
Hijo amado, tengo tu nombre tatuado en mi corazón y Alma, tu voz grabada en mi mente, tu olor en mi memoria y tu sonrisa en mi recuerdo. ❤ ❤ ❤ Si la cicatriz es profunda es porque el amor fue y es inconmensurable. ❤ ❤ ❤ Seguir adelante es una empresa difícil cuando se perdió lo que llenaba todo de sentido. ❤❤ ❤ En cada acto de amor, está tu nombre. ❤❤ ❤ Hijo, te extraño, tanto...Mi Amor puro y verdadero. Eres amado siempre.❤❤ ❤
Mostrando entradas con la etiqueta Bono social pago electricidad. Mostrar todas las entradas
Mostrando entradas con la etiqueta Bono social pago electricidad. Mostrar todas las entradas

viernes, 18 de agosto de 2017

Endesa hogares: Bono social

Bono social

El bono social es un descuento fijado por el Gobierno sobre el Precio Voluntario para el Pequeño Consumidor (PVPC), y pretende proteger a los hogares con menos posibilidades económicas.

La sentencia del 24 de septiembre de 2016 del Tribunal Supremo no afecta en nada a los clientes con derecho a Bono Social.
Si ya tienes Bono Social seguirás con él sin necesidad de que hagas nada y tu factura no sufrirá ningún cambio. Si aún no lo tienes y cumples los requisitos, puedes solicitarlo cumplimentando el modelo de solicitud correspondiente.
La sentencia hace referencia al modelo de financiación que tendrán que acordar el Gobierno y las eléctricas.

Se aplica sin necesidad de solicitarlo de forma expresa, a todos aquellos hogares con una potencia contratada inferior a 3 kW, siempre que se trate de la vivienda habitual del cliente.
Adicionalmente, puede ser solicitarlo por aquellos hogares cuya potencia contratada sea inferior o igual a 10 kW, siempre que están en alguno de los siguientes colectivos y cumplan los requisitos:
·         Colectivo pensionista: Mayores de 60 años que perciban la pensión mínima contributiva o pensión de jubilación o incapacidad permanente o viudedad, así como los beneficiarios de pensiones del extinguido Seguro Obligatorio de Vejez e Invalidez en los términos que se especifican en el BOE-A-2009-10672 (*).
·         Colectivo familia numerosa o familia monoparental categoría especial.
·         Colectivo desempleados: unidades que convivan en el mismo domicilio, y que todos sus miembros se encuentren en situación de desempleo.

Si lo deseas puedes consultar los requisitos y la documentación que tienes que entregar en cada caso aquí .